jueves, 18 de julio de 2013

Errónea Interpretación (técnica de denuncia).



En la errónea interpretación el Juez acierta en la escogencia de la  norma aplicable al caso planteado pero se equivoca en la elaboración de sus deducciones y establece conclusiones a la norma no contenidas en ella. Es resaltando estos dos momentos como debe plantearse (dentro de una técnica adecuada) la denuncia en el recurso de casación respectivo: indicando el acierto y la subsiguiente equivocación en el razonamiento por parte del Juez. La errónea interpretación es un vicio de la sentencia denunciable según los términos del artículo 313, ordinal 2º, del Código de Procedimiento Civil. 


La Sala de Casación Civil indica cuándo se produce, lo dice así:

“La errónea interpretación se produce en los casos en los que el juez escoge acertadamente la norma a cuyo contenido se adapta la situación de hecho, pero al interpretarla hace deducir de ella consecuencias que la misma no prevé.” (Negrillas nuestras)

Sentencia Nº 115 del 24 de marzo de 2011. Caso: Josefina Toledo de Tovar. Sala de Casación Civil.[1]


JOSÉ G. MACÍAS CHAM

[1] Declara sin lugar el recurso de casación intentado.

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