jueves, 10 de noviembre de 2011

¿En qué casos se justifica la reposición?


Sentencia Nº 523 del 10 de noviembre de 2011, Sala de Casación Civil (Caso: Edgar Suárez contra Temilio Lizarzábal)

“…se justifica la reposición en una causa, en los casos en que en el jurisdicente exista la certeza de su utilidad, vale decir, que tal decisión sea absolutamente necesaria para sanear el proceso y evitar sucesivas reposiciones y nulidades; asimismo que el acto cuya nulidad se acuerde no haya alcanzado el fin perseguido. Si se ordena la reposición sin que se cumplan estos postulados, ello constituiría una reposición inútil, con el agravante, de ocasionar retardo en la administración de justicia en perjuicio e infracción de los principios de celeridad y economía procesal.”

Este es el link:

No hay comentarios:

Publicar un comentario